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Bono 600 euros CIF y autónomos: instrucciones del INPS

Con vistas al 1 de abril, día de presentación de las solicitudes, el INPS proporciona a las categorías correspondientes toda la información necesaria para acceder al subsidio: ¿quién puede hacerlo? ¿cómo aplicar? ¿Qué son las apuestas? Aquí está todo lo que necesitas saber

Bono 600 euros CIF y autónomos: instrucciones del INPS

Ellos llegan Instrucciones del INPS sobre el bono de 600 euros para trabajadores por cuenta propia, profesionales, co.co.co., temporeros, agrícolas y del ocio que el Gobierno ha decidido conceder a través de la Decreto Cura Italia para hacer frente a la crisis del coronavirus. 

Con la circular nº 49 de 30 de marzo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social proporciona toda la información de cara a la 1 ° de abril. De hecho, a partir del miércoles será posible presentar solicitudes para recibir el subsidio.

BONO DE 600 EUROS: INSTRUCCIONES GENERALES

Después de las preguntas frecuentes del MEF dirigidas a los números de IVA y profesionales, en la circular el INPS explica los parámetros de acceso previstos por el decreto, que son diferentes para cada categoría. Sin embargo, hay reglas que se aplican a todos. Tres en particular:

  1. la indemnización no contribuye a la formación de ingresos,
  2. no se prevé ninguna contribución figurativa;
  3. no se reconoce el derecho a la asignación familiar.

El Instituto señala que la indemnización no es acumulable con los demás servicios previstos por Cura Italia, ni con la renta del ciudadano ni con el subsidio ordinario de invalidez. La bonificación no se pagará a los pensionados. Los 600 euros son compatibles y acumulables con prestaciones por desempleo Dis-Coll y Naspi y con:

“los desembolsos dinerarios derivados de becas de trabajo, prácticas y prácticas profesionales, así como con premios o subvenciones con fines de estudio o formación profesional, con premios y honorarios obtenidos por la realización de actividades deportivas amateurs y con trabajos ocasionales dentro de los límites de honorarios que no excedan de 5.000 euros por año natural".

Fuente: INPS

BONO DE 600 EUROS: CÓMO APLICAR

El subsidio del mes de marzo será pagado por el INPS, previa solicitud de los interesados. La solicitud deberá presentarse exclusivamente por vía electrónica a partir del 1 de abril de pero tendrás que esperar el mensaje que comunica la liberación del servicio.

Para ello tendrás que iniciar sesión en el sitio del INPS uso las siguientes credenciales:

  • PIN emitido por INPS (tanto ordinario como dispositivo);
  • SPID nivel 2 o superior;
  • Tarjeta de Identidad Electrónica 3.0 (CIE);
  • Tarjeta de Servicio Nacional (CNS).

Dado el carácter urgente de los servicios, los ciudadanos que pretendan presentar una solicitud también podrán acceder al servicio en "modo simplificado", ingresando solo la primera parte del PIN INPS, recibido por sms o correo electrónico inmediatamente después de la solicitud relativa.

Alternativamente, la indemnización de 600 euros se puede solicitar contactando con el Centro de contacto integrado en el número gratuito 803 164 desde red fija o en el 06 164164 desde red móvil (de pago, en función de la tarifa aplicada por los distintos operadores). También en este caso puedes acceder al servicio a través del Pin simplificado. 

BONO 600 EUROS: INSTRUCCIONES PARA AUTÓNOMOS Y CO.CO.CO.

Con base en las indicaciones proporcionadas por el INPS, para el mes de marzo se pagará la indemnización a los trabajadores independientes con número de IVA (incluidos los participantes en estudios asociados o empresas simples con actividades de trabajo por cuenta propia) activo a partir del 23 de febrero y a los trabajadores con relaciones de colaboración coordinada y continua activas en la misma fecha y “registrados exclusivamente en la gestión separada con el pago de la tasa de cotización igual al 2020% para el año 34,23”, aclara la circular.

Los solicitantes no deben ser pensionistas ni estar registrados en otras formas obligatorias de seguridad social. 

Porque el bono ha sido arreglado. un límite de gasto, igual a 2020 millones de euros para 203,4. 

INSTRUCCIONES PARA INSCRIPCIONES AUTÓNOMAS EN LA GESTIÓN ESPECIAL AGO

La bonificación también se otorgará a trabajadores inscritos en gestión especial, eso significa: 

  • artesanos,
  • comerciantes, 
  • agricultores directos, 
  • aparceros y colonos. 

También tendrán derecho a la indemnización los empresarios agrícolas profesionales inscritos en las gestiones agrarias autonómicas, así como los auxiliares y artesanos, comerciantes y trabajadores agrícolas inscritos en las gestiones autonómicas respectivas.   

Entre los beneficiarios también se incluyen sujetos inscritos obligatoriamente en la gestión de comerciantes independientes así como en la pensión complementaria obligatoria en Enasarco.

El techo de gasto global, en este caso, se fija en 2.160 millones. 

INSTRUCCIONES PARA TRABAJADORES DE TURISMO Y EQUIPAMIENTOS DE PLAYA

Ellos también tendrán derecho a la bonificación. temporeros en turismo y balnearios. Hay 3 condiciones:

  • extinción involuntaria de la relación laboral entre el 1 de enero de 2019 y el 17 de marzo de 2020
  • los trabajadores no deben ser pensionistas,
  • los trabajadores no deben tener, nuevamente a la fecha del 17 de marzo, relación laboral alguna.

Límite de gasto: 103,8 millones de euros.

TRABAJADORES AGRÍCOLAS

Luz verde a la asignación de 600 euros también para el trabajadores agrícolas de duración determinada y cifras equivalentes (pequeños pobladores y familiares) con la condición de que en 2019 hayan realizado “al menos 50 días de trabajo agrícola efectivo y siempre que no tengan derecho al tratamiento previsional directo”. 

Límite de gasto: 396 millones.

TRABAJADORES DE ENTRETENIMIENTO

La última categoría señalada por el Gobierno es la de los trabajadores del espectáculo que tendrán derecho a la bonificación de 600 euros si en 2019 cotizaron al menos 30 cotizaciones diarias y si no tienen ingresos superiores a 50 mil euros. Los trabajadores antes mencionados no deben tener una relación laboral a partir del 17 de marzo.

Límite de gasto: 48,6 millones. 

LEA TAMBIÉN: Prestaciones profesionales con dinero en efectivo: cómo solicitarlas

Comentarios sobre:Bono 600 euros CIF y autónomos: instrucciones del INPS"

  1. Buenos días,
    Me pongo en contacto con usted hoy para preguntarle si en su opinión tengo los requisitos para poder recibir el Bono de 600 euros.
    Hasta el 15/03/2020 era un empleado a tiempo parcial las 24 horas de la semana por un período fijo.
    Desde el 18/05/2020 soy empleado a tiempo parcial las 24 horas de la semana con contrato de duración determinada.

    Del 16/03/2020 al 17/05/2020 no estuve afiliado al régimen de pensión obligatoria.

    Estoy registrado en la gestión separada desde el 01/10/2005.

    Estoy inscrito el 23 de febrero de 2020 en la gestión separada del INPS con crédito de al menos una cotización mensual en el período mencionado (tengo un salario no inferior a 1.323 euros en 2019).

    Considero que tengo derecho a recibir la bonificación de 600 euros.

    Espero tu respuesta.

    Gracias.

    Sinceramente.

    Responder
  2. Buenas noches doctor
    Entiendo que la bonificación es compatible y acumulable con percepciones dinerarias derivadas de bolsas de trabajo, prácticas y prácticas profesionales, así como con premios o subvenciones para el estudio o la formación profesional, con premios y honorarios obtenidos por la realización de actividades deportivas amateur y con eventuales trabajar dentro de los límites retributivos de 5.000 euros por año natural.

    ¿Se realiza trabajo eventual dentro del límite de indemnización de 5.000 euros por año natural para el año 2019 o para el año 2020?

    ¿Quién recibirá la bonificación de 600 euros, no puede superar los 5000 euros brutos de recibos emitidos en el mismo año natural, de lo contrario, la bonificación después de ser entregada también se solicita de vuelta?
    Gracias.

    ¿Los 600 euros forman parte de los 5000 euros del total bruto de recibos emitidos en el mismo año natural?

    Gracias.

    Sinceramente.

    Responder

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