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Assopevidenza: apoyo a la renta con fondos de pensiones

La propuesta del grupo de trabajo de Assopevidenza: con el uso de parte del monto individual acumulado, el Fondo de Pensiones puede financiar una renta vitalicia temporal para trabajadores próximos a la jubilación pero en dificultades.

Assopevidenza: apoyo a la renta con fondos de pensiones

El régimen complementario de pensiones puede ofrecer apoyo a los ingresos de los trabajadores que se acercan a la edad de jubilación y que pierden su trabajo o cuyos ingresos se reducen. Este es el resultado del primer paso de trabajo del Grupo de Trabajo creado por Assopevidenza y presentado esta mañana en Roma durante el seminario "Sociedad y Asistencia: propuestas para un enfoque integrado". 

Para profundizar en el tema y llegar a definir una propuesta orgánica de previsión integral, Assopevidenza ha constituido un grupo de trabajo, en el que participan la Caja de Pensiones del Personal del Grupo BNL/BNP Paribas Italia y el Estudio Actuarial Orrù & Associati. Se cubren diferentes áreas a la luz de la evolución del contexto social. 

“El primer foco del grupo de trabajo –explicó Sergio Corbello, presidente de Assopevidenza– se refirió a la identificación de soluciones factibles dentro de un fondo de pensiones, para el desembolso de un beneficio de renta vitalicia temporal, en caso de reducción o ausencia de ingresos laborales cercanos a el devengo del derecho a la pensión básica”. 

Según los análisis del Grupo de Trabajo de Assopevidenza, la financiación de la renta temporal para trabajadores de mayor edad se puede lograr mediante el uso de parte del monto individual acumulado. Existen dos opciones de uso, ligadas a las expectativas de ingresos del afiliado al Fondo como consecuencia de una reducción total o parcial de la jornada laboral: 

1) 30% del monto (opción que tiene en cuenta la posibilidad que ofrece la legislación de obtener el anticipo luego de 8 años de permanencia en el Fondo); 

2) 50% del importe. 

Con el fin de reforzar la función del fondo complementario como recurso al que acudir para la cobertura de necesidades variadas y teniendo en cuenta que, también como consecuencia de la reforma Fornero, las prestaciones básicas de pensión, utilizadas en edades progresivamente más avanzadas , será en todo caso suficiente para el primer periodo de jubilación, una vez alcanzado tanto el derecho a pensión como por tanto la posibilidad de disponer de la cuantía residual, identificada una alternativa de solución respecto al pago de la renta vitalicia inmediata . 

"Se evaluó así un aplazamiento del desembolso de la renta vitalicia por parte del fondo de pensiones -añadió Corbello- con el fin de obtener un mayor valor de la renta vitalicia en sí, también en función de las potenciales necesidades futuras vinculadas al avance del envejecimiento".

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