comparte

Assonime, la nueva regulación sobre la transmisión de bienes en especie y créditos

El nuevo régimen complementa el régimen ordinario de valoración de las aportaciones de bienes en especie con un régimen alternativo basado en tres criterios. El primero basado en el precio promedio ponderado, el segundo en el valor razonable de los activos que resultan de los estados financieros, el tercero es el que se enfoca en la tasación no jurada expresada por un experto independiente

Assonime, la nueva regulación sobre la transmisión de bienes en especie y créditos

La Circular Assonime n. 19 de 2011 ilustra el régimen simplificado para la evaluación de las contribuciones de bienes en especie introducido por el decreto legislativo del 4 de agosto de 2008, n. 142 y recientemente modificado por el decreto legislativo 29 de noviembre de 2010, n. 224. Esta disciplina implementa en nuestro ordenamiento jurídico la directiva comunitaria 2006/68/EC que modificó las disposiciones de la Segunda directiva de sociedades en el sentido de simplificar el procedimiento de evaluación.

El nuevo régimen complementa el régimen ordinario de estimación de las aportaciones de bienes en especie con un régimen alternativo basado en tres criterios. El primer criterio es el basado en el precio medio ponderado, que puede utilizarse en el caso de que la aportación se refiera a valores mobiliarios o instrumentos del mercado monetario negociados en mercados regulados. El segundo criterio se basa en el valor razonable de los activos resultantes de los estados financieros. Finalmente, el tercer criterio es el que se centra en la valoración no jurada expresada por un experto independiente. El nuevo régimen puede utilizarse tanto en la constitución de la sociedad como en el aumento de capital.


Anexos: Circular_19011_-_La_nueva_regulacion_de_las_transferencias_de_bienes_en_naturaleza_y_creditos.pdf

Revisión