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Reuniones corporativas en modo virtual, Consob pide reglas definitivas: todo vence en julio

Consob insta a Italia y Europa: la UE no establece reglas sobre el uso de herramientas digitales en las juntas de accionistas y el reglamento de emergencia aprobado por Italia durante la pandemia expirará el 31 de julio

Reuniones corporativas en modo virtual, Consob pide reglas definitivas: todo vence en julio

En Italia como en Europa, siguen desaparecidos reglas claras y definitivas sobre cómo usar tecnologías digitales en el contexto de reuniones corporativas. Esto es lo que se desprende de un estudio de Consob sobre los "desarrollos tecnológicos del derecho de sociedades". Según la Comisión, la irrupción de las tecnologías digitales en la gestión de las empresas requiere "una evaluación precisa de la legislación, con el fin de identificar las normas que mejor se adapten a los cambios morfológicos que la digitalización está provocando en la dinámica empresarial, especialmente en términos de gobernancia".

La directiva europea 2019/1151 y sus carencias

La Directiva europea 2019/1151, implementado en Italia con Decreto Legislativo 183 / 21, introdujo el uso de herramientas y procesos digitales en el derecho de sociedades, lo que obligó a los Estados miembros a permitir el establecimiento de sociedades anónimas completamente en línea y mejorar el intercambio de información entre los registros de empresas.

Sin embargo, señala Consob, la propia directiva no proporciona "una disciplina especifica relativo al realización de la reunión segundo modos completamente virtuales.

La legislación de emergencia aprobada por Italia

A la espera de que el legislador europeo llene el vacío, Italia ha intervenido con la decreto número 18 de 2020 (artículo 106, párrafo 2), que "permite a las sociedades, incluidas las que cotizan en bolsa, prestar, aun en ausencia de disposiciones legales, votacion electronica o por correspondencia y participación en la reunión por medio de telecomunicaciones, con la posibilidad adicional de disponer que estos medios se utilicen exclusivamente”, subraya nuevamente la Comisión.

La caducidad de las reglas.

Sin embargo, se trata de una normativa de urgencia, introducida para hacer frente a la pandemia y por tanto destinada a caducar: de momento, tras una serie de prórrogas, el plazo se fija en 31 de julio de este año. Por lo tanto, Consob subraya que aún falta "una ubicación sistemática más coherente" de la legislación sobre el uso de tecnologías digitales en reuniones corporativas.

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