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Antimonopolio multa a Vodafone, Telecom y Wind por 1,5 millones

Vodafone y Telecom sancionadas por la Defensa de la Competencia por mantener disponibles servicios, que han pasado a ser de pago, para usuarios que no los habían desactivado - Wind multada con 250 mil euros por la 'Tarjeta de Servicios'

Antimonopolio multa a Vodafone, Telecom y Wind por 1,5 millones

mano dura deAntimonopolista a las tres principales operadoras telefónicas: Telecom, Vodafone y Eólica. La Autoridad de la Competencia y Mercados impuso dos multas a Vodafone por un total de 650 miles de euros, una multa de 400 miles de euros a Telecom y tres multas a Wind por un total de 445 miles de euros.

Las principales sanciones son las aplicadas a Telecom y Vodafone que han mantenido activas algunas servicios de disponibilidad ("Lo sai" y "Chiamaora" en el primer caso y "Chiamami" y "Recall" en el segundo), que antes eran gratuitos y que en verano han pasado a ser de pago, exigiendo al cliente adquirir el consentimiento implícito para utilizarlos si no habían tomado medidas para desactivarlos por iniciativa propia.

La Antimonopolio explica que de acuerdo con el Código del Consumidor, estas conductas fueron consideradas prácticas comerciales agresivas, consistentes en suministros no solicitados.

Siempre en relación con servicios de disponibilidad la Agcm multó a Vodafone con 150 mil por vulneración de los derechos previstos por el mismo Código en desarrollo de la directiva europea "Derechos de los Consumidores". De hecho, Vodafone, para las tarjetas SIM comercializadas tras la transformación de los servicios de disponibilidad de gratuitos a de pago, ha adoptado de hecho una forma que prevé la adquisición implícita del consentimiento del cliente para hacerse cargo del coste adicional de los servicios de disponibilidad.

La principal sanción impuesta a Wind es la multa de 250 euros por la activación unilateral de un servicio oneroso conocido como "Tarjeta de Servicio" a pagar por los clientes de telefonía móvil. Según la Antimonopolio, esta práctica es incorrecta y agresiva porque consiste en haber ejercido tal presión que limita considerablemente la libertad de elección y comportamiento de los consumidores.

Por último, los mismos operadores estaban involucrados en otros tres procedimientos relacionados con la distribución de guías telefónicas en papel. Desde 2012, el servicio está excluido de las obligaciones de suministro. La Defensa de la Competencia ha realizado comprobaciones a los tres operadores de telefonía que no facilitaron información suficiente sobre la posibilidad de renunciar a suministrar los directorios y por tanto cobrar el importe correspondiente en la factura.

La Defensa de la Competencia ha aceptado los compromisos de Vodafone y Telecom, en cuanto a la comunicación de este derecho, vía web o factura, en beneficio de los consumidores, mientras que Wind ha sido sancionada por la práctica comercial relativa a los antiguos abonados y luego a los nuevos, por lo que el operador no requiere la adquisición de consentimiento expreso para pagar un costo adicional por el servicio de distribución de directorios. Multa de 95 euros por la falta de información y de 100 por la infracción del art. 65 del Código del Consumidor en materia de nuevos suscriptores.

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