La defensa de los consumidores frente a prácticas comerciales desleales peligra si se aprueban cuatro modificaciones a la ley de delegación europea que se debate en el Senado. Cuatro enmiendas fotocopiadas y bipartidistas, firmadas por FdI, Lega, Fi y Pd y aprobadas en comisión, corren el riesgo de anular los poderes de la Autoridad garante del mercado en su batalla diaria para evitar prácticas comerciales agresivas o incluso desleales practicadas por empresas y profesionales en las comparaciones de clientes. . Veamos por qué.
Antimonopolio: enmiendas para reducir sus poderes
La delegación al gobierno para su aplicación y transposición de los actos reglamentarios de la Unión Europea, trata muchos temas y va desde las finanzas, el crédito, la agricultura y la ganadería. El artículo 4 está dedicado a la defensa de los consumidores, tarea que cumple hoy la Antimonopolio que recibe denuncias, abre investigaciones y -si es necesario- impone sanciones. Y justo aquí comenzó la actividad de cabildeo en el Parlamento. De hecho, la nueva ley prevé la posibilidad de elevar las sanciones hasta el 4% del volumen de negocios de las empresas o profesionales que resulten responsables de actividades comerciales desleales. Hoy el límite máximo que puede utilizar la Antimonopolio por infracciones al código de consumo está fijado en 5 millones. Poco, demasiado poco para los gigantes -del crédito a las telecomunicaciones, de la energía a las Big Tech- que impulsan sus ingresos precisamente a través de atrevidas prácticas comerciales.
En este caso, las modificaciones limitaron la aplicación de la regla del 4 % del volumen de negocios únicamente a los casos transfronterizos, es decir, aquellos casos en los que los abusos fueron cometidos por la misma empresa en tres países diferentes. Un caso que prácticamente nunca se produjo. Por lo tanto, volver a proponer esta restricción significa efectivamente cancelar el potencial disuasorio que representa el fortalecimiento de los poderes antimonopolio con la regla del 4%.
Big Tech y privacidad: un caso de estudio para entender el problema
Para tener una idea práctica de lo que implica la enmienda, aprobada un poco en secreto en una ley con 17 artículos todos relevantes, podemos poner el ejemplo de datos sobre privacidad. El nuevo Reglamento europeo RGPD protege los datos de los consumidores, incluso cuando navegan por Internet. Recientemente la Antimonopolio ha multado Apple y Google por incumplir la normativa en materia de protección de datos y les impuso la máxima multa posible: 5 millones cada uno, precisamente, por cada abuso constatado. Para grupos de este tamaño (la capitalización de mercado de Apple superó los 3 billones en enero y luego retrocedió), es cuestión de centavos. El perjuicio –y por tanto el valor disuasorio– hubiera sido diferente si hubiera sido posible aplicar la regla del 4% sobre la facturación (nacional o mundial). Pero aquí es donde entró en juego el cabildeo. Por ahora, parece tener la sartén por el mango. Pero el arrepentimiento, quizás con la intervención del gobierno en el momento adecuado, todavía es posible.