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Algoritmo antievasión: cómo funciona la nueva arma fiscal y cómo protege la privacidad de los contribuyentes

El ministro Franco firma el decreto que permitirá el cruce de datos del registro fiscal tras hacerlos anónimos - Siempre se garantiza la intervención humana

Algoritmo antievasión: cómo funciona la nueva arma fiscal y cómo protege la privacidad de los contribuyentes

El Tesoro lanza el algoritmo anti-evasión. El ministro de Economía, Daniele Franco, firmó el decreto que permitirá el cruce datos del registro fiscal después de hacerlos anónimos. Con base en la disposición, para el análisis del riesgo de evasión se utilizarán los datos informados en las declaraciones tributarias, las relativas a bienes muebles e inmuebles, la información contable y financiera y las de pagos y compensaciones.

laalgoritmo anti-evasión debe ser el arma principal para que Italia pueda dar un paso adelante en el cumplimiento, como prevé uno de los compromisos adquiridos con Europa en el marco del PNRR.

Algoritmo anti-evasión y protección de la privacidad

La premisa de toda la operación es la protección de la privacidad: al analizar los datos será de hecho impidió la identificación inmediata de sujetos individuales.

También apunta a evitar involucrar a contribuyentes en regla en la operación o que en todo caso no susciten particulares sospechas.

En cualquier caso, no todo el trabajo lo hará el algoritmo antievasión: el decreto, de hecho, prevé que será "la intervención humana siempre está garantizada” de los operadores de la Agencia Tributaria y la Guardia di Finanza.

Los tiempos de retención de los datos anónimos

Sobre la base de la opinión emitida por el Garante de Privacidad tras el primer proyecto de decreto y el diálogo posterior con Hacienda, el tiempos de retención de datos anónimos, que no podrá exceder del segundo año siguiente a aquél en que se produzca “la extinción de la potestad tributaria”. En ningún caso, entonces, la retención podrá extenderse más allá del cierre de cualquier disputa.

La posibilidad de acceso a los datos por parte de los contribuyentes

En cuanto a su lugar la posibilidad de acceso a los datos por parte de los contribuyenteshay tres hipótesis:

  1. podría garantizarse a partir de la fecha de recepción de la carta de cumplimiento;
  2. a partir de la fecha de entrega del informe de constatación o de la notificación de la averiguación previa o del acto tributario tratándose de contribuyentes sujetos a control efectivo;
  3. o incluso desde el primer día siguiente a aquel en que venza la caducidad de la facultad de determinación para los contribuyentes que no hayan recibido apercibimiento de la autoridad fiscal o escritura de control.

Siempre se garantizará a los contribuyentes la posibilidad de solicitar la rectificación de los datos personales inexactos.

La interoperabilidad de las bases de datos.

El decreto, que será publicado próximamente en el Boletín Oficial, también sienta las bases para la implementación de la parte del delegación fiscal que concierne la interoperabilidad de las bases de datos. De esta forma, de hecho, pasaremos de datos anónimos a listas seleccionadas de contribuyentes considerados en riesgo de evasión o elusión fiscal, por lo que serán invitados a realizar correcciones activas con cumplimiento o controlado en los casos más graves.

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