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Premiership: el Senado da la primera luz verde a la reforma constitucional. Esto es lo que cambia y lo nuevo en 5 puntos

El Senado aprobó la primera lectura del proyecto de reforma constitucional para la elección directa del Primer Ministro con 109 votos a favor, 77 en contra y una abstención. El texto pasa ahora a la Cámara para la segunda lectura de los cuatro previstos

Premiership: el Senado da la primera luz verde a la reforma constitucional. Esto es lo que cambia y lo nuevo en 5 puntos

Primera luz verde para el cargo de primer ministro, la reforma constitucional firmemente apoyada por la primera ministra Giorgia Meloni, así como el buque insignia de los Hermanos de Italia durante la campaña electoral de 2022. 

El Senado ha dado luz verde a la medida que permitirá la elección directa del Primer Ministro con 109 votos a favor, 77 en contra y una abstención.

Ma ¿Qué cambia con el llamado “estreno”? ¿Cuáles serán las competencias del Primer Ministro y cuáles las del Jefe de Estado? Aquí encontrará todo lo que necesita saber.

La elección directa del Primer Ministro y el límite de dos mandatos

La Constitución actual establece que los ciudadanos eligen a los miembros del Parlamento, es decir, senadores y diputados, quienes a su vez expresan su preferencia por un gobierno y un Primer Ministro. Si la reforma se aprueba definitivamente todo cambiará. El Primer Ministro ya no recibirá el cargo del Presidente de la República en función del resultado de las elecciones y de las posibles mayorías, pero vendrá elegido directamente por los ciudadanos. Los miembros del Parlamento también serán elegidos junto con el Primer Ministro.

El mandato del primer ministro durará cinco años y durante no más de dos legislaturas consecutivas que podrían convertirse en tres si, en conjunto, el período en el que ocupó el cargo de primer ministro no supera los siete años y seis meses.

¿Qué sucede en caso de una crisis gubernamental?

En el caso de los crisis de gobierno, la reforma ofrece tres soluciones diferentes. En caso de revocación de confianza al Primer Ministro, el Presidente de la República disuelve las cámaras y volvemos a la votación. 

Si en lugar el primer ministro dimite, "este último puede proponer, en el plazo de siete días, la disolución de las Cámaras al Presidente de la República, quien la ordena". Por tanto, el primer ministro tiene derecho a solicitar y obtener la disolución anticipada si hay una crisis política. 

Finalmente, "Si no ejercita esta facultad y en los casos de muerte, impedimento permanente, caducidad, el Presidente de la República podrá conceder, por una sola vez durante la legislatura, la tarea de formar gobierno al Primer Ministro dimisionario o a otro parlamentario elegido en coordinación con el Primer Ministro". Por lo tanto, el Primer Ministro sólo puede ser sustituido una vez en la legislatura, y sólo si él mismo decide abandonar, por un parlamentario de su propia coalición. Una modificación que pretende evitar el uso de gobiernos técnicos o acuerdos amplios. 

Las atribuciones del Presidente de la República

La reforma también modifica las competencias del Presidente de la República que, tras las elecciones, tendrá la tarea, que en este momento sólo será formal, de conferir el papel al Primer Ministro elegido por los ciudadanos y podrá Destituir a un ministro a petición del Gobierno. El jefe de Estado también tendrá la tarea de nombrar a los cinco jueces constitucionales y presidir el CSM. 

Las reglas también cambiarán. la elección del Presidente de la República. Será necesario alcanzar un quórum de dos tercios de los electores en las seis primeras votaciones. Hoy son tres. 

Otra noticia importante es la cancelación del semestre en blanco. El Presidente de la República tendrá la facultad de disolver las cámaras en cualquier momento, incluso dentro de los seis meses anteriores a la elección del Jefe del Estado. Una circunstancia no prevista actualmente por la Constitución.

Adiós a los senadores vitalicios

La reforma también modifica el artículo 59 de la Constitución, que prevé senadores vitalicios designados por el Presidente de la República. Según se espera, los actuales permanecerán en sus cargos, pero posteriormente el cargo de Senador vitalicio se otorgará únicamente a los presidentes eméritos de la República.

Necesitamos una ley electoral

Los numerosos cambios previstos por la reforma, en primer lugar la elección directa del Primer Ministro, requerirán una ley electoral coherente con las nuevas normas. No es casualidad que la entrada en vigor de la reforma se establezca con la aprobación de la ley electoral que la implementa.

Por último, el proyecto de ley Casellati prevé que una ley ordinaria regule el sistema de elección de las Cámaras y del Primer Ministro, "asignando un premio a nivel nacional que garantice una mayoría de escaños en cada una de las Cámaras a las listas y candidatos vinculados a el Presidente del Consejo, respetando el principio de representatividad".

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