Se vislumbran nuevos avances, algunos bienvenidos y otros no tanto, para los sistemas fotovoltaicos de los ciudadanos privados conectados a la red pública. Se convierte más fácil y más seguro gestionar las devoluciones y los posibles impuestos a pagar por la energía producida por nuestro sistema fotovoltaico y vendida al sistema eléctrico nacional. Pero mientras tanto el mecanismo de la intercambio en el sitio, que compensa la energía extraída del contador normal con la que entrega a la red pública, se prepara para cerrar sus puertas. En su lugar, se fomentará la adhesión de nuevos sistemas fotovoltaicos a los emergentes. Comunidades de Energía Renovable (CER), que permiten a los propietarios de plantas una ventaja económica significativamente mayor.
Mientras tanto, aquellos que no puedan adherirse a los CER, porque aún no existen en su zona o simplemente porque cuentan con un sistema antiguo para el cual no se permite la membresía en la comunidad energética, ya no podrán disfrutar del intercambio in situ. El cambio, gestionado virtualmente con un contador especial que se agrega y se coloca al lado del que cuenta los retiros, será reemplazado por el mecanismo menos ventajoso del "retiro dedicadode la energía que excede la autoconsumida. Veamos con más detalle qué cambia en ambos lados.
El cálculo de excedentes se vuelve automático
A partir de este año, en concreto a partir de la declaración de la renta de 2025 que está a la vuelta de la esquina, las autoridades fiscales nos están echando una mano. El recuento de los los llamados excedentes En los reembolsos de la energía vendida y remunerada a nosotros, que estamos obligados (aunque algunos sigan ignorándolo) a incluir en la declaración como “otros ingresos”, se vuelve más sencillo. Será directamente el GSE – el Gestor de Sistemas Energéticos, que es responsable de gestionar nuestros intercambios de energía verde con la red, – comunicar cada año a la Agencia Tributaria las sumas sobre las que debemos pagar impuestos. Y la Agencia ingresará directamente la cifra en el declaración precargada descargable justo antes del inicio del período de declaración. Él da la noticia directamente la GSE en su portal web.
Por lo tanto, no existe ningún riesgo de cometer errores en los cálculos ni de olvidar descargar la certificación correspondiente de nuestra cuenta GSE. Todo automático para aquellos ciudadanos que tienen la precaución de descargar de todas formas la declaración precargada, aunque no puedan usarla tal cual (porque quizá otros tengan otros ingresos que añadir u otras sumas que deducir) pero la usan diligentemente como base de la declaración "definitivo".
En todo caso –recordamos– los ingresos relacionados con los excedentes fotovoltaicos entran en la categoría de “ingresos derivados de actividades comerciales no realizadas habitualmente”. Ingresos que deben reportarse en la declaración anual, con código 1, en la línea D5 del formulario 730 (sección D “Otros ingresos”), o, para quienes presenten el formulario de Ingresos Personales, en la línea RL14 (columna 2).
Para el "intercambio in situ" se anunció un fin
Aún no se ha decidido el momento del cierre definitivo del mecanismo de intercambio presencial para quienes sean tenedores. Pero mientras tanto se ha decidido detener nuevas conexiones basado en esta solución. Todavía es posible perfeccionar un acuerdo de este tipo con el GSE solo hasta el 25 de mayo de 2025. Pero como para concluir la práctica es necesario tener un sistema instalado, probado y funcionando, podemos decir con seguridad que el freno a nuevas conexiones es prácticamente exigible.
Cualquiera que ya posea un sistema con intercambio en el sitio esencialmente tiene dos posibilidades. Primero: si tienes una planta de muy reciente construcción, puedes comprobar si existe una comunidad de energías renovables (CER) ya establecida y funcionando en tu territorio, hipótesis que no es un hecho dado teniendo en cuenta obstáculos y lentitud en su difusión, y si la intersección entre la fecha de puesta en servicio de su planta y la de constitución del CER permite la transferencia. La forma más fácil de verificarlo es contactar directamente a los administradores del CER.
La segunda posibilidad prevé esencialmente una automatismo, sin necesidad –al menos eso es lo que se promete– de trámites burocráticos ni formalidades particulares. Cuando se defina la fecha de cierre del régimen de intercambio in situ también para las instalaciones existentes, el contrato-acuerdo con el GSE se transformará automáticamente en desistimiento dedicado, previa comunicación al interesado, quien tendrá sin embargo la posibilidad de elegir otras posibles soluciones.