Él no anda con rodeos el antimonopolio contra UnipolSai e Generales Italia: retrasos, obstáculos, falta de respuesta, obstruccionismo, negativas, conducta engañosa y agresiva. Estos son algunos de los señalamientos que la Autoridad ha planteado con respecto a la conducta de las dos compañías de seguros en el marco de la liquidación de daños y perjuicios de responsabilidad civil del automóvil y que resumen en un informe por "práctica comercial desleal" en violación del Código del Consumidor . "En consideración a la gravedad y duración de la práctica - señala el comunicado de prensa de Antimonopolio - la Autoridad ha impuesto a cada empresa un multa de 5 millones de euros, el importe legal máximo permitido. Generales ItaliaA pedido de un comentario, respondió que tiene la intención de emprender acciones legales contra el deseo. "Queremos decir impugnar los procedimientos, confiando en que se comprobará su infundabilidad, y nos reservamos el derecho de proteger nuestra reputación corporativa en todas las instancias judiciales correspondientes”, dijo en un comunicado. UnipolSai, consultada, no se ha pronunciado por el momento.
La acción de Generali en la bolsa de valores alrededor de 1330 subió un 1,0% a 15,19 € y la de Unipol subió un 0,37% a 4,34 €. El Ftse Mib ha bajado un 0,48%.
Dificultad para acceder al expediente del accidente
Según la Autoridad de Competencia y Mercados, las dos empresas han vuelto difícil para los clientes laacceso al expediente de accidentes y tener información omitida relevante para el monto del reembolso o su denegación. También los consumidores eran obstaculizado en el ejercicio de los derechos derivados del contrato de seguro de responsabilidad civil de automóviles.
También IVASS intervino en el asunto, comentando que a la luz del marco normativo "no cabe duda de que el reconocimiento del derecho de acceso adquiere una gran importancia a los efectos de la protección de los asegurados y perjudicados y que, por tanto, las propias compañías están obligadas a comprobar la solicitudes de acceso pertinentes y completas en los términos de la ley, sin que se interpongan obstáculos de ningún tipo”.
Conducta engañosa y agresiva en la práctica comercial
La Antimonopolio así lo explica motivos de la pena: la práctica comercial se realizó a través de "conducta engañosa y agresiva”. En primer lugar – dice un comunicado – las dos empresas haber implementado conductas dilatorias, obstructivas y/o negativas injustificadas, en relación con el ejercicio del derecho de acceso del perjudicado al expediente del accidente. Unipol Sai y Generali de hecho habrían respondido en retrasar, en los términos fijados por la legislación sectorial, a numerosas solicitudes de acceso a los documentos.
Generali: pregunta y respuesta a distancia con el Antimonopolio
En el caso de Generali - dice la Autoridad - la respuesta tardía y/o el rechazo de las solicitudes de acceso se referían también a las formuladas antes de que la empresa presentara una oferta de indemnización o su negativa, momento en el que el derecho de acceso aún no surge en manos de los perjudicados fiesta. La empresa, sin embargo, en estos casos no comunicó la improcedencia de la demanda, ni se conectó una vez concluido el proceso de evaluación de la demanda, prosigue la Antimonopolio.
La Compañía responde esta mañana en el comunicado de prensa anunciando la apelación de la disposición: "Generales Italia garantiza siempre la más amplia atención y protección de los clientes perjudicados y de terceros, promoviendo también importantes e incisivas acciones antifraude, prestando la máxima atención al cumplimiento de las normas en cada etapa del proceso de liquidación de siniestros. Este compromiso se refleja en todos los principales indicadores industriales y de servicio al cliente, y también lo confirman los numerosos datos disponibles públicamente. Por lo tanto, consideramos infundados los cargos que nos atribuyó la Autoridad de Competencia y Mercados "por supuestas prácticas comerciales desleales relacionadas con la resolución de reclamaciones de RCA".
UnipolSaisin embargo, en algunos casos respondió a la solicitud de acceso poniendo a disposición la documentación en su Centro de Asentamiento, en lugar de enviarla al solicitante.
Finalmente, al momento de decidir el monto del reembolso, las empresas no proporcionaron información relevante relacionada con su determinación o las razones para denegar la compensación. Según la Autoridad, se trata de deficiencias capaces de inducir a los destinatarios a aceptar la oferta de compensación oa rechazarla sin la información necesaria para oponerse a ella.
Finalmente, la práctica comercial se logró imponiendo obstáculos de diversa índole al ejercicio de los derechos derivados del contrato de seguro de responsabilidad civil de automóviles y sin respetar los plazos establecidos por el Código de Seguros Privados para la formulación de la oferta o para su rechazo.
Tanto en el caso de Generali como en el de UnipolSai, ha habido numerosas reclamaciones en las que la oferta y/o su negativa se han formulado fuera del plazo legalmente establecido. En el caso de UnipolSai, además de esto, se identificaron otros obstáculos, como la falta de respuesta a las solicitudes de los consumidores sobre el estado del caso o la dificultad para contactar al síndico.
La Autoridad constató, por tanto, el carácter desleal de la práctica comercial, considerada adecuada por limitar considerablemente la libertad de elección o comportamiento del consumidor en relación con la indemnización del siniestro.