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Deducciones Irpef 2024: recorte de 260 euros para rentas superiores a 50 mil euros. Como funciona

Una circular de la Agencia Tributaria analiza el primer módulo de la reforma. Solo proteja sus costos de atención médica. Las nuevas reglas son válidas solo para 2024

Deducciones Irpef 2024: recorte de 260 euros para rentas superiores a 50 mil euros. Como funciona

laHacienda ha publicado el circular nro. 2/E de 6 de febrero, que analiza en detalle el decreto legislativo de 30 de diciembre de 2023, n. 216, sobre la primera forma de revisión del impuesto a la renta personal, como parte del Ley habilitante para la reforma tributaria.. La circular proporciona algunas aclaraciones sobre revisión de deducciones fiscales, previsto en el artículo 2 del decreto.

Cambios válidos solo para 2024

En primer lugar, cabe destacar que se aplicarán los cambios realizados por el primer formulario de revisión del Irpef. exclusivamente para el año 2024. Para los años siguientes será necesaria la implementación de nuevos decretos que implementen la delegación tributaria. completar el marco regulatorio. La regulación definitiva, por tanto, seguirá los principios establecidos por el artículo 5 de la ley 111/2023, que prevé la reorganización de las deducciones, tramos, tasas y deducciones del Irpef, teniendo en cuenta variables como la composición de la unidad familiar, la situación vivienda, salud, educación y otros.

Deducción lineal superior a 50 mil euros

En el contexto de la revisión de las deducciones, el primer decreto de implementación de la reforma del Irpef adopta un solución horizontal temporal. El artículo 2 del Decreto introdujo cambios en las normas sobre deducciones por gastos, previendo una reducción de 260 euros para los contribuyentes con unos ingresos totales superiores a 50.000 euros.

Esta solución implica un corte lineal de la deducciones al 19%, determinado según el artículo 15, apartado 3-bis, del TUIR, con excepción de los relativos a gastos sanitarios, donaciones a partidos políticos y primas de seguros por riesgo de calamidades.

En la práctica, un contribuyente con unos ingresos totales superiores a 50.000 euros en 2024, y que tenga deducciones del 19% (a excepción de las de gastos sanitarios) por un total de 1.000 euros, obtendrá una beneficio de 740 euros durante la declaración de impuestos, tras sufrir una rebaja de 260 euros. Esta reducción actúa como una especie de umbral y puede ser especialmente perjudicial cuando incluso un modesto aumento de los ingresos por encima de 50.000 euros conduce a un aumento de los impuestos que supera los ingresos adicionales.

Deducciones reducidas por rentas superiores a 120 mil euros

La circular destaca principalmente la aplicación de la exención según el apartado 3-bis del artículo 15 del TUIR. Esta disposición establece que el Las deducciones del 19% no están disponibles para los contribuyentes con una renta total de 240.000 euros arriba y ven reducido para aquellos con ingresos entre 120.001 euros y 239.999 euros.

Para determinar la cantidad adeudada se debe calcular la relación entre la cantidad de 240.000 euros, menos los ingresos totales, y 120.000 euros. Es decir, para quienes tengan una renta total superior a 120.000 euros, la reducción deberá aplicarse a la deducción ya reducida del impuesto bruto según lo establecido en el artículo 15, apartado 3-bis, del TUIR.

La circular especifica que el recorte de 260 euros debe aplicarse a la deducción ya reducida debido a esta legislación.

Por ejemplo, un contribuyente con unos ingresos totales de 144.000 euros y una deducción por gastos sanitarios de 700 euros obtendría una deducción neta de 1.100 euros si las otras deducciones al 19% fueran de 1.000 euros. En el caso de deducciones del 19% por 325 euros, la deducción neta sería de 560 euros.

Las tres nuevas tarifas del Irpef

El Decreto introduce una importante Remodulación de tarifas y tramos de renta. para el Irpef, limitado al período impositivo 2024. Según la disposición, para el cálculo del impuesto bruto en 2024 se aplican nuevas tarifas y tramos de renta en lugar de los establecidos anteriormente por la Ley Única del Impuesto a la Renta.

Le nuevas tarifas son los siguientes:

  • 23% para rentas hasta 28.000 euros,
  • 35% para rentas superiores a 28.000 euros y hasta 50.000 euros,
  • El 43% para rentas superiores a 50.000 euros.

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