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730 pre-recopilado: guía de deducciones por gastos de salud e hipotecas (VIDEO)

Vídeo tutorial sobre cómo rellenar la parte de la declaración de la renta de 2019 dedicada a las deducciones fiscales: principalmente las relativas a gastos sanitarios e hipotecas, pero no solo

730 pre-recopilado: guía de deducciones por gastos de salud e hipotecas (VIDEO)

Después de el primer video dedicado a pintar C de 730 precompilados de 2019, veamos ahora cómo se completa el apartado 1 del Marco E, dedicado a las deducciones de gastos sanitarios y las de la hipoteca, pero no sólo.

en línea E1 columna 1 debemos indicar los gastos por servicios sanitarios para los que se reconoce la exención del billete. La lista completa es en la web del Ministerio de Sanidad. En este caso la facilitación consiste en la posibilidad de no perder la parte de la deducción que no ha encontrado capacidad en la cuota tributaria.

En el columna 2 deberá anotar el monto total de los gastos de salud incurridos por usted o por sus familiares dependientes, excluyendo los señalados en la columna 1. La lista de gastos de salud deducibles se encuentra en las instrucciones de la Agencia Tributaria, a partir de la página 92.

en línea E2 Debe incluirse el gasto sanitario realizado por un familiar no dependiente que padezca patologías exentas de copago, cuya deducción no haya encontrado capacidad en la base imponible bruta adeudada por el familiar.
Los datos se obtienen de las anotaciones del modelo 730-3 o del marco RN del modelo Renta Personal 2019 del familiar.
El importe máximo que se puede indicar en esta línea es de 6.197,48 euros.

La deducción del 19% que corresponda sobre la suma de los gastos indicados en el pentagramas E1 y E2 deberá calcularse únicamente sobre la parte que supere la cantidad de 129,11 euros.

Il línea E3 está destinado a los gastos de salud de las personas con discapacidad. En particular, es el dinero destinado a la adquisición de medios necesarios para el acompañamiento, la marcha, la locomoción o la elevación, y el destinado a ayudas técnicas e informáticas que faciliten la autosuficiencia de la persona con discapacidad. Por estos gastos se debe la deducción del 19% sobre la totalidad del importe.

Si los gastos de salud indicados en las líneas E1, E2 y E3 supere un total de 15.493,71 euros, la deducción se podrá dividir en cuatro cuotas anuales constantes de igual importe: basta con marcar la casilla "Pagos de instalaciones". El cálculo de la deducción y de las cuotas será realizado por la persona que preste asistencia fiscal (CAF, profesional o suplente).

en línea E4 deberá indicarse el importe gastado para la compra de automóviles o motocicletas adaptadas para ser conducidas por personas con discapacidad, o para la compra de vehículos para el transporte de personas con discapacidad. La deducción es siempre del 19%, se puede aplicar hasta un coste máximo de 18.075,99 euros y es válida para un solo vehículo. Podemos dividirlo en 4 cuotas anuales iguales: basta con escribir 1 en la casilla "número de cuota". En la misma casilla, anote 2, 3 ó 4 si el gasto y la opción de instalar la deducción se remontan a 2015, 2016 o 2017 respectivamente.En todos los casos, se debe especificar la cantidad gastada en su totalidad.

en línea E5 hay que incluir el gasto en que incurre el invidente por la compra de un perro guía. La deducción del 19% corresponde a la totalidad del costo incurrido, pero por la compra de un solo perro y solo una vez cada cuatro años, excepto en los casos de pérdida del animal. Esta deducción también se puede dividir en cuatro cuotas y el mecanismo es el mismo que el explicado para la línea anterior.

Il línea E6 está reservado a los contribuyentes que en los años 2015, 2016 o 2017 hayan incurrido en gastos sanitarios superiores a 15.493,71 euros y hayan optado por pagar la deducción a plazos en sus declaraciones anteriores. Si se ha optado por el pago fraccionado en más de una de las declaraciones anteriores, es necesario cumplimentar varias líneas E6 utilizando diferentes formularios. En la casilla es necesario escribir el número de la cuota (2, 3 ó 4) y en el espacio al lado el importe total del gasto.

Il línea E7 se trata de hipotecas. Es necesario indicar aquí los intereses a pagar, los accesorios (es decir, los gastos incurridos para la estipulación del contrato) y las cuotas de revalorización de las hipotecas a tipo variable. En todos los casos, la hipoteca debe haberse formalizado para comprar un inmueble destinado a vivienda habitual, es decir, la vivienda en la que tienes tu domicilio registrado y resides habitualmente. Pero ojo: la deducción corresponde al titular de la hipoteca aunque el inmueble sea utilizado como vivienda habitual por un familiar (cónyuge o pariente hasta el tercer grado). La deducción es del 19% y se debe sobre un importe máximo de 4.000 euros.

en pentagramas E8, E9 y E10 van otros gastos deducibles. Los códigos que identifican las deducciones se deben indicar en los recuadros de la izquierda y los gastos correspondientes incurridos en los espacios de la derecha. Por ejemplo, escribimos 8 para la deducción de intereses de préstamos hipotecarios para la compra de inmuebles distintos de la vivienda habitual (en este caso la deducción es del 19% sobre un gasto máximo de 2.065 euros). O 33 para la deducción en el pago de las cuotas de guardería, o incluso 61 para la de las donaciones a entidades sin ánimo de lucro.

La lista completa de códigos con explicación de las deducciones relativas se encuentra en las instrucciones de la Agencia Tributaria, desde la página 48 hasta la página 54. Las tablas generales, sin embargo, se encuentran en las páginas 44 y 45.

Comentarios sobre:730 pre-recopilado: guía de deducciones por gastos de salud e hipotecas (VIDEO)"

  1. Publicaciones Antonio Nieto-Rodríguez · Editar

    Quería saber por qué en el formulario precompilado solo figura la parte siempre deducible del préstamo, es decir, 2000 €, a pesar de que siempre he deducido también la parte de mi esposa, ya que ella siempre ha dependido de mí. Entonces, ¿por qué no la autocertificación en los avisos del folleto de liquidación?..

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